El IMSS anunció un cambio importante para los patrones y sujetos obligados:
la e.firma emitida por el SAT será el único certificado digital válido para
realizar movimientos afiliatorios y otros trámites electrónicos ante el Instituto.
El acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2026
y establece un periodo de transición de 90 días naturales.
¿Qué cambia en los trámites electrónicos del IMSS?
Hasta ahora, muchos patrones utilizaban el Número Patronal de Identificación
Electrónica, conocido como NPIE, junto con el certificado digital expedido por el
IMSS. Con la nueva disposición, este mecanismo dejará de utilizarse y será
sustituido por la e.firma del SAT.
Esto significa que las empresas deberán asegurarse de que su e.firma se encuentre
vigente y disponible para realizar trámites electrónicos relacionados con altas,
bajas, modificaciones salariales y otros movimientos afiliatorios.
La e.firma tendrá la misma validez legal que una firma autógrafa, por lo que los
documentos y movimientos realizados mediante este mecanismo conservarán sus
efectos legales y valor probatorio.
¿Qué pasa con los representantes legales?
Cuando una persona física o moral autorice a un representante legal, administrador
o tercero para realizar trámites en su nombre, la vinculación deberá hacerse
exclusivamente mediante el Escritorio Virtual del IMSS.
Tanto el patrón o sujeto obligado como su representante deberán ingresar y firmar
con su propia e.firma. Por esta razón, no será suficiente que únicamente el
representante cuente con un certificado vigente.
¿Cuánto tiempo tienen las empresas para prepararse?
El acuerdo concede un periodo de transición de 90 días naturales contados desde
su publicación en el Diario Oficial de la Federación. De manera aproximada, este
periodo concluiría el 14 de octubre de 2026.
Durante este plazo, las empresas deben revisar que la e.firma del patrón o
representante legal esté vigente, que los archivos correspondientes se encuentren
disponibles y que las personas responsables de los movimientos afiliatorios
conozcan el nuevo procedimiento.
Recomendaciones para tu empresa
- Verifica la fecha de vencimiento de la e.firma.
- Confirma que cuentas con los archivos .cer, .key y la contraseña.
- Revisa los accesos al Escritorio Virtual del IMSS.
- Actualiza la vinculación de representantes legales.
- Capacita al personal encargado de nómina y seguridad social.
Evita problemas con tus movimientos afiliatorios
No contar con una e.firma vigente podría ocasionar retrasos en altas, bajas,
modificaciones salariales y otros trámites necesarios para el cumplimiento de las
obligaciones patronales. También podría generar dificultades para ingresar al
Escritorio Virtual o autorizar a un representante.
Si tienes una empresa en Celaya, Guanajuato o en la región del Bajío, es recomendable
revisar tus accesos y procesos con anticipación. Esperar hasta el final del periodo
de transición puede provocar contratiempos, especialmente si necesitas renovar la
e.firma o actualizar la representación legal de la empresa.
Preguntas frecuentes sobre la e.firma y el IMSS
¿El NPIE dejará de funcionar?
Sí. El acuerdo establece la eliminación del NPIE y del certificado digital
expedido por el IMSS para realizar trámites electrónicos.
¿Qué certificado deberá utilizarse?
Se deberá utilizar la e.firma vigente emitida por el Servicio de Administración
Tributaria.
¿La e.firma tiene validez legal?
Sí. Los trámites firmados con e.firma tendrán los mismos efectos legales que los
documentos presentados con firma autógrafa.
¿Un representante puede hacer los trámites por la empresa?
Sí, pero la vinculación deberá hacerse mediante el Escritorio Virtual. Tanto el
representante como la persona representada deberán firmar con su propia e.firma.
¿Cuándo entra en vigor el cambio?
El acuerdo entró en vigor el 17 de julio de 2026 y contempla un periodo de
transición de 90 días naturales.
¿Tu empresa está preparada para este cambio del IMSS?
Te ayudamos a revisar tu situación patronal, accesos al IMSS, e.firma,
representantes legales y procesos de nómina para evitar contratiempos.
Correo:
hola@jmmconsultoriaempresarial.com
WhatsApp:
461 313 2479
Contenido informativo basado en el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 16 de julio de 2026. Cada empresa debe revisar su situación particular.
