Conoce qué es el Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas,
quién puede tributar, cómo se calcula el ISR, qué obligaciones debes cumplir
y cuándo conviene pedir asesoría contable.
Si eres profesionista independiente, comerciante, arrendador, prestador de servicios
o emprendedor en Celaya, Guanajuato, Querétaro o la región Bajío,
el RESICO persona física puede ayudarte a pagar ISR con tasas reducidas, siempre que
cumplas correctamente con tus facturas, declaraciones mensuales y obligaciones fiscales.
¿Qué es RESICO persona física?
RESICO significa Régimen Simplificado de Confianza. Es un régimen fiscal para personas
físicas que busca simplificar el pago del ISR mediante tasas bajas aplicadas sobre los
ingresos efectivamente cobrados.
A diferencia del régimen de actividad empresarial o profesional tradicional, en RESICO
el ISR no se calcula restando deducciones autorizadas. El impuesto se determina sobre
los ingresos cobrados, sin incluir IVA.
de ingresos, el SAT calcula el ISR con una tasa que va del 1% al 2.5%.
¿Quién puede tributar en RESICO PF en 2026?
Pueden tributar en RESICO las personas físicas que realicen:
- Actividades empresariales.
- Servicios profesionales independientes.
- Arrendamiento de bienes inmuebles.
- Actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.
El requisito principal es no exceder el límite de ingresos anuales permitido y cumplir
con las obligaciones fiscales ante el SAT.
Tabla ISR RESICO persona física 2026
| Ingresos mensuales cobrados | Tasa ISR |
|---|---|
| Hasta $25,000 | 1.00% |
| De $25,000.01 a $50,000 | 1.10% |
| De $50,000.01 a $83,333.33 | 1.50% |
| De $83,333.34 a $208,333.33 | 2.00% |
| De $208,333.34 a $291,666.67 | 2.50% |
¿Cómo se calcula el ISR en RESICO?
El cálculo mensual se realiza sobre los ingresos efectivamente cobrados del mes,
sin incluir IVA y sin aplicar deducciones para ISR.
Ejemplo práctico
Si en el mes cobraste $40,000 más IVA, para ISR se toman $40,000. Al estar en el rango
de $25,000.01 a $50,000, la tasa aplicable sería 1.10%.
Si una persona moral te retuvo ISR, esa retención puede acreditarse contra el impuesto
mensual correspondiente.
Obligaciones principales del RESICO PF
- Emitir CFDI por los ingresos obtenidos.
- Presentar declaraciones mensuales.
- Pagar ISR e IVA cuando corresponda.
- Mantener activo el buzón tributario.
- Conservar e.firma vigente.
- Estar al corriente con el SAT.
- Revisar que las facturas emitidas y cobradas coincidan con la declaración.
Ventajas del RESICO persona física
ISR bajo
Tasas reducidas del 1% al 2.5% sobre ingresos cobrados.
Cálculo sencillo
El impuesto se basa principalmente en CFDI e ingresos efectivamente cobrados.
Ideal para pequeños negocios
Puede funcionar para profesionistas, comerciantes, arrendadores y prestadores de servicios.
Mayor control fiscal
Permite ordenar facturación, cobros, retenciones e impuestos mensuales.
Desventajas y riesgos del RESICO
- No se aplican deducciones para calcular ISR mensual.
- Debes cuidar el límite de ingresos.
- Un error en obligaciones puede causar salida del régimen.
- El IVA sigue teniendo reglas propias y debe revisarse por separado.
- No todos los contribuyentes pueden tributar en RESICO.
¿RESICO conviene para personas físicas en Celaya, Guanajuato o Querétaro?
Puede convenir si tienes ingresos constantes, pocos gastos deducibles relevantes para ISR
y necesitas una estructura fiscal simple. Es común que profesionistas, consultores,
arrendadores, pequeños comercios y negocios de servicios en Celaya, Apaseo el Grande,
Cortazar, Salamanca, Irapuato, Querétaro y San Juan del Río evalúen este régimen.
Sin embargo, antes de cambiarte a RESICO conviene revisar ingresos, tipo de clientes,
retenciones, IVA, gastos, flujo de efectivo y obligaciones actuales.
¿Quieres saber si RESICO te conviene?
En JMM Consultoría Empresarial revisamos tu situación fiscal, tus ingresos,
tus facturas y tus obligaciones para ayudarte a tomar una decisión correcta.
Atención para Celaya, Guanajuato, Querétaro y servicios remotos en México.
Checklist mensual RESICO PF
- Revisar facturas emitidas.
- Identificar cuáles fueron efectivamente cobradas.
- Separar IVA cobrado e IVA acreditable.
- Verificar retenciones de ISR e IVA.
- Presentar declaración mensual antes del día 17.
- Guardar acuses, líneas de captura y comprobantes de pago.
- Revisar opinión de cumplimiento.
Preguntas frecuentes sobre RESICO persona física 2026
¿RESICO persona física permite deducir gastos?
Para ISR mensual no se restan deducciones autorizadas. El impuesto se calcula sobre
ingresos cobrados sin IVA. Para IVA sí debe revisarse el acreditamiento conforme a las reglas aplicables.
¿Cuál es el límite de ingresos para RESICO PF?
El límite general es de $3.5 millones de pesos anuales para personas físicas.
¿Cuándo se presenta la declaración mensual?
Generalmente a más tardar el día 17 del mes siguiente al periodo que se declara.
¿Qué pasa si le facturo a una persona moral?
La persona moral puede realizar retenciones. Es importante revisar que las retenciones
aparezcan correctamente para acreditarlas en la declaración.
¿RESICO aplica para arrendamiento?
Sí, las personas físicas que obtienen ingresos por arrendamiento pueden tributar en RESICO
si cumplen los requisitos.
¿Puedo estar en RESICO y tener nómina?
Puede ser posible combinar ingresos, pero debe revisarse cada caso para evitar errores
en obligaciones, declaraciones y límites.
¿Qué pasa si supero el límite de ingresos?
Puedes dejar de tributar en RESICO y pasar al régimen que corresponda. Conviene monitorear
tus ingresos acumulados durante el año.
¿Necesito contador si estoy en RESICO?
Sí es recomendable. Aunque el régimen es más simple, siguen existiendo obligaciones de CFDI,
IVA, retenciones, declaraciones, opinión de cumplimiento y revisión de obligaciones fiscales.
Evita errores con el SAT y paga lo correcto
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